- D I S P O S I T I V A ?
Por todo lo antes expuesto, esta Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos ANDRES GREGORIO COPPOLA MARTÍNEZ y YOHANA EYNEVER PLAZA DÍAZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° 12.715.992 y 14.965.072, respectivamente, asistidos por el Profesional del derecho MARQUEZ MARÍN JOSÉ ALEJANDRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.704. En consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha veinticinco (25) de junio de 1999, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.
En cuanto al hijo habido de la unión conyugal, de.....