Se declaró: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto a la De-cujus MARIA DE LAS MERCEDES DIAZ DE LAVANDERA, quien falleció en fecha 20 de Mayo de 2010, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.883.977, a los ciudadanos JOSE RAMON LAVANDERA DIAZ, JOSE LUIS LAVANDERA DIAZ y MARIA DE LAS MERCEDES LAVANDERA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.434.849, V-4.809.186 y V-5.571.605 respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros.