Se declarò PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES sigue ADMINISTRADORA CONDOMINIOS LA GUAIRA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha 23 de noviembre del año 2001, bajo el número 70, Tomo 19-A, en representación del Conjunto Residencial Palmar Este contra CARMEN YOLINA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.896.352.. En consecuencia se condena a la ya identificada parte demandada a pagar:
PRIMERO: DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 2.233.425, 50), y los intereses moratorios, calculados a la rata legal del 1% mensual.
SEGUNDO: El monto que resulte por la indexación de la suma adeudada desde la introducción de la demanda 25 de Octubre del año 2002 hasta la fecha en que definitivamente se pague.
Para el cálculo de los intereses y la indexación condenada se ordena experticia complementari.....