este Juzgado Segundo de Municipio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: la falta de cualidad de la parte demandada ciudadano Octavio Gerardo Herrera Cabruja para sostener por sí solo el presente juicio de cumplimiento de contrato de arrendamiento que en su contra sigue el ciudadano Arturo Ferrigno Ragone, en consecuencia sin lugar la querella.