por cuanto el Tribunal considera pertinente excitar a las partes a la conciliación en el expediente signado con el Nº 1142-07, conforme a lo previsto en el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, fija el quinto (5to) día de Despacho siguiente a la última de la notificación que de las partes se practique, a las 11:00 a.m., a los fines que expongan lo que estimen conveniente. El acto conciliatorio tendrá lugar en la Sede del Tribunal, ubicado en Calle Los Baños, Edificio Centro Caribe Vargas, piso 4, Oficina 4-2, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas. Líbrese Boletas de Notificación.-