éste Tribunal la admite de conformidad con lo previsto en el Artículo 341 del Código del Còdigo de Procedimiento Civil, Se abre el presente Cuaderno de Medidas.
el Tribunal la niega, por cuanto los recibos de condominio consignados a los autos por la parte peticionante, no reúnen los requisitos de titulo ejecutivo, señalados por el legislador procesal en el Articulo 630 del Código de procedimiento Civil.