DECISION
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1.- Sin lugar la confesión ficta de la parte accionada. 2.- Sin Lugar la acción de Cumplimiento de Contrato de Comodato incoada por el ciudadano RAMON BERNAL OSSORIO contra el ciudadano JORGE PEREIRA (Las partes ampliamente identificadas en el encabezamiento del presente fallo). En consecuencia, se condena a la parte actora en costas por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, conforme así lo señala el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.