este Juzgado Cuarto de Municipio de la circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declaro:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, sigue la ciudadana PETRA MARÍA SALAZAR, contra la ciudadana: MILDRED MAYORA, ambas plenamente identificadas en autos. En consecuencia, se ordena a la demandada entregar a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por la planta baja de una Casa N° 41, ubicada en la Alcabala Vieja, Calle Sucre, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del Estado Vargas. SEGUNDO: CON LUGAR el pago de los cánones de arrendamiento causados por el uso y disfrute del inmueble objeto del juicio a partir del mes de Septiembre de 2006 hasta Septiembre de 2009, a razón de CIENTO OCHENTA BOLIVARES (Bs. 180,oo) mensuales, que hacen un total de SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs.6.480,oo), así como los que se sigan venciendo hasta la e.....