se registro y publico sentencia donde Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARO TITULO SUPLETORIO, a favor del solicitante SERGIO JOSE CARDENAS GONZALEZ, sobre las edificaciones y mejoras realizadas a las bienhechurias descritas en la solicitud, ubicada en Desvío a Viaducto, Distinguida con el Nº 37, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas, dejando a salvo el derecho de terceros. Y cumplida como sea la misma, devuélvase original con sus resultas a la solicitante y déjese copia para el Archivo del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.