este Tribunal Publico y Registro Sentencia donde Declararo bastante y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante, el derecho de propiedad concerniente, a las mejoras, de las bienhechurias propiedad del solicitante, construidas sobre una Parcela de Terreno, de propiedad Municipal, el cual detento en calidad de arrendatario con el Municipio, ubicado en el Sector de Vista al Mar y a la altura del poste de la Electricidad de Caracas marcado con el Nº 196.179, cuyas medidas, linderos y características, están anteriormente discriminados. Las cuales fueron construidas y mejoradas, con dinero de su propio peculio, a sus únicas y solas expensas, invirtiendo en las mismas, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F.250.000.,oo), cuyas formas de construcción y demás determinaciones específica debidamente en su petición, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al Principio Constitucional .....