PRIMERO: SIN LUGAR la reposición de la causa opuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR LA SUSTITUCION DE PATRONO entre la Sociedad Mercantil Bolivariana de Puertos (BOLIPUERTOS, S.A.) y la empresa CORPORACIÓN P.G., C.A., opuesta por la parte demandante. SIN LUGAR LA DEMANDA con motivo de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano JESÚS RONDÓN MARCANO, anteriormente identificado, en contra de la Sociedad Mercantil Bolivariana de Puertos (BOLIPUERTOS) S.A. TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena notificar a la Procuradora General de la República