En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada para conocer acerca del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Michele Angelo Cimino Jerez, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 63.763, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PUERTOS DEL LITORAL CENTRAL P.L.C., S.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del estado Miranda, en fecha 28 de febrero de 1992, bajo el N° 5, Tomo 90-A Sdo., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 16/04 de fecha 19 de enero de 2004, dictada por la I.....