este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
INADMISIBLE la demanda por ABSTENCIÓN o CARENCIA interpuesta por la profesional del derecho MIGDALIA MORELLA BAENA CARDENAS, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Germán Benitez, Luis Puccio, Omar León, José Luis González, Ulises Sosa, Angel Veliz Corro, Lorenzo Maglozzi, José Luis Bogado, Luis Barrios, Nicolás Marín, Jesús Vargas y Leonardo Bustamante, anteriormente identificados, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.