En virtud de las consideraciones antes señaladas, quedó evidenciado que el poder impugnado sí cumple con los requisitos de validez exigidos para representar a la accionada, por tanto, se declara suficientemente válido y eficaz el poder otorgado al profesional del derecho Wilder Márquez Romero, en consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara improcedente la impugnación formulada por la parte demandante. Así se decide.