PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda contencioso administrativa de nulidad incoada por el ciudadano VICTOR ZARATE CASTELLANO antes identificado, contra el acto administrativo contenido en la providencia número 021/06, de fecha 20 de enero de 2006, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, mediante el cual autorizó el despido del ciudadano Víctor Zárate.
SEGUNDO: Nulo de nulidad absoluta el acto administrativo impugnado.
TERCERO: En consecuencia, se ordena el reenganche referido trabajador a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que poseía para el momento de la ilegal autorización del despido, es decir, al cargo de operador en la Secretaría Sectorial de Infraestructura del estado Vargas. Asimismo se ordena el pago de los salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir computados desde el 16 de febrero de 2006, fecha en la cual el patrono procedió al despido, hasta el momento de su efectiva reincorporación. El cálculo de los salarios caídos debe ser real.....