En consecuencia y por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la ley, REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO el acta y el auto de fecha 13/01/2016.