En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECRETA COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA DE ORIGEN EXTENDIDA en el hogar del ciudadano FRAND ALEIDE CRUZ ROVAINA, venezolano y titular de la cedula de identidad Nº V-2.901.696, ubicado en la subida Guiriguire, parte baja, casa Nº 18, sector el brillante, parroquia, Maiquetía, Municipio Vargas, del estado, favor del niño quien nació el día trece (13) de enero del 2019, de siete (07) años de edad, en virtud de la necesidad del caso para garantizar la protección integral del niño de marras, a través de la garantía de su derecho de ser cuidado, nivel de vida adecuado, derecho a la salud, entre otros derechos, mientras dure el procedimiento principal de Colocación Familiar, siendo de interés del estado venezolano a través del sistema de justicia, que el niño tenga una representación legal hasta tanto se investiga y resuelve el fondo del asunto. A mayor ampl.....