DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de IMPUGNACION DE ACTO DE RECONOCIMIENTO incoada por el ciudadano PABLO FRANCISCO CHAVEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número V-22.990.458, en relación a la niña SE OMITE CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 65 D ELA LOPNNA, actualmente de diez (10) años de edad, contra los ciudadanos VICTOR JOSE MENDOZA POLEO y MARIA GABRIELA GIL MAGDALENO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N°s V-13.375.953 y V-14.568.899, respectivamente. En consecuencia, se declara nulo el reconocimiento de paternidad hecho por el ciudadano VICTOR JOSE MENDOZA POLEO a favor de.....