En consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos GLORIA MARGUELYNG MONTILLA HERNÁNDEZ y DARWIN JESÚS HERNÁNDEZ RANGEL, arriba identificados, el cual contrajeron por ante el Coordinador del Segundo Circuito de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas, en fecha ocho (08) de noviembre de 2006, que cursa inserta en el acta N° 065 de los libros respectivos, y en cuanto a las Instituciones familiares del niño, el Tribunal homologa los acuerdos suscritos por las partes en fecha treinta (30) de septiembre de 2014, por lo que se establece lo siguiente: PRIMERO: La Patria Potestad, será compartida por ambos progenitores. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza, seguirá siendo compartida y la Custodia, será ejercida por la progenitora. TERCERO: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el progenitor podrá compartir con su hijo, los días sábados y domingo, en horas de la mañana y lo entregara el mismo día en horas de la tarde, .....