Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al ciudadano JOSE ALEJANDRO MATUTE PANTOJA, titular de la cedula de identidad Nº 9.998.046, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer, así como su condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. Regístrese, Publíquese.