PUNTO PREVIO: "En cuando a lo solicitad de la defensa privada, de la nulidad de las acta que conforma este expediente verificado el presente expediente se evidencia que este tribunal en fecha 22 de febrero de 2017 de conformidad con el artículo 106 de la Ley Especial solicito al fiscal la presentación del acto conclusivo, asimismo como lo expresa el propio articulo 106 una vez notificado el Ministerio Publico contara 10 días para la presentación del Acto Conclusivo, en la cual la Fiscal del Ministerio Público se da por notifica el 02 de marzo 2017 presentando el acto conclusivo el 09 de marzo de 2017, por lo tanto se cumple con los requerimiento del artículo 106 de la ley especial, por lo que se declara sin ligar lo solicitado por la defensa privada. PRIMERO: se ADMITE la acusación presentada por la ABG. NIRVIA LLOVERA Fiscal Cuarta (4º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en virtud que cumple con todos los requisitos del artículo 308 del Código Org.....