Por las razones y consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada ciudadana: Arlene Andreina Rodríguez González asistid del abogado Miguel Morillo ( Ambos ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo), contra la decisión dictada en fecha seis (6) de febrero del año 2017 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, que declaró la inadmisibilidad de la Recusación interpuesta por la prenombrada ciudadana contra la Jueza Provisoria de ese Tribunal Abog. María Eugenia Bedoya González. En consecuencia se señala: Primero: Se c.....