éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera: PROCEDENTE DECLARAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: VICTOR JULIO DELGADO RODRIGUEZ y YUSLEVIA NOHEMI VIRRIEL DE DELGADO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-20.157.118 y V-18.141.783, respectivamente, y en consecuencia se declara: DISUELTO el vinculo conyugal que los unía, contraído el día 21 de Junio del 2013, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, (hoy Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, del Municipio Vargas del estado Vargas), asentado bajo el acta N°. 120, del libro del libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese despacho.
Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes