Vista la solicitud formulada por la ciudadana YELITZA CECILIA GARCIA GUZMAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-9.995.840, debidamente asistida por el abogado, mediante la cual solicitan se le declare Único y Universal Heredero respecto a La De-cujus MARIA ENCARNACION GUZMAN DE GARCIA, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-1.740.985, fallecido el once (11) de Diciembre de dos mil veintiuno (2021), según acta de defunción N° 105, del libro de Registro Civil de Defunción de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado La Guaira. Evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a la ciudadana YELITZA CECILIA GARCIA GUZMAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-9.995.840, respecto a La De-cujus.....