Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana ALEIDA ANGELINA MONTENEGRO ABREU, titular de la cédula de identidad N° V-15.672.872, mediante el cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre una bienhechuría residencial, de tres (03) niveles de altura, signado con el código Catrastal N° 24-01-09-U01-001-S/C, la cual hace referencia al primer nivel, la misma se encuentra ubicada en el barrio San Antonio, vereda N° 4, Casa N° 32-08, primer nivel, Jurisdicción de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas del Estado la Guaira, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, tal y como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPCUC-OMTU-548-2023, emanado de la Dirección General de Planteamiento y Control Urbano, Dirección de Catastro Municipal; asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuen.....