Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano LESBIO PEDRO TEMTEM NUNES, Portugués, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.597.818, debidamente asistido de abogado, mediante el cual solicitó le fuese decretado TÍTULO SUPLETORIO, de una bienhechurías, construidas sobre una parcela de terreno, de su propiedad, distinguida con el N°160 de la Urbanización Balneario Catia La Mar, Jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado La Guaira, según documento debidamente registrado por ante la oficina subalterna del Segundo circuito de Registro Público del Municipio Vargas del estado Vargas (hoy estado La Guaira), bajo el número treinta y siete (37), protocolo primero (01), tomo tercero (03), del año dos mil (2000), una casa de una tres (03) niveles de uso residencial, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en .....