Se declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos: Michael Alexander Escobar Ladera, Yolimar Escobar Ladera y Wuensy Rxsquely Escobar Ladera, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cedula de Identidad Nºs V-12.715.579; V-14.072.455 y V-18.324.174, respectivamente, respecto del de-cujus: Vicente Antonio Escobar Morales, fallecido en fecha treinta y uno (31) de julio del año 2012