Evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: Urbanización Páez, vereda N° 5, N° 503, Parroquia Catia la Mar, Municipio Vargas, estado La Guaira, este Tribunal declara instruida la presente solicitud de NOTIFICACION JUDICIAL y acuerda entregar la misma al solicitante sin decreto alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil.