Este Tribunal declaro como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana, AURA ELENA FERMÍN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.,V-16.396.649, respecto de la De-Cujus CARMÉN ELENA FERMÍN quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad Nro., V-6.956.571, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-