Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano, JOSE GREGORIO SEQUEDA CRUZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro., V-8.177.559, debidamente asistido por la abogada, ALICIA ESCOBAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro., 47.984, conforme a lo previsto en los Artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.