Se declaró ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana NAIMIG MARRERO MARCANO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-11.061.776, con respecto al de-cujus NANCY MARCANO LÓPEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se establece.