Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva mediante la cual se declaró TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos VERÓNICA PATRICIA MENDOZA y ALVARO JARDIM FIGUEIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.578.174 y V-10.576.737, respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-144-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se establece.