Este Tribunal declaró como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana, ROSA MARIA BOTTARO FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro., V- V-5.576.659, respecto al de-cujus SALVADOR BOTTARO LUPI, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-699.860, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.