Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CIVIL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento interpuesto por la abogada LIBIS CUERVO MERLO, inscrito en el Inpreabogado N° 169.592, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadana MARILYN DEL CARMEN PERNALETTE MARCANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.582.666, conforme a lo previsto en los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.