Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana JUDITH MARIA GARCIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-6.490.287, sobre las bienhechurías construidas sobre el primer piso de una casa identificada Nro. 1, descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-501-2017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se observa en el certificado de bienhechurías un error material en el segundo nombre de la solicitante, donde dice "JUDITH MARGARITA", debe decir "JUDITH MARIA", siendo verificado por el número de la cédula de identidad. Igualmente se hace del conocimiento al ciudadano Registrador de no Protocolizar el presente Título sin la autorización expresa de a quien corresponda la propiedad del terreno.-