Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOSE RAMON TORREALBA CAPITILLO y ALEXANDRA IRIARTE DE TORREALBA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.V-13.223.021 y V-16.105.529, respectivamente, contraído en fecha 02 de julio de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas (hoy estado La Guaira) . Así se establece.-