Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la Solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada por la Sociedad Mercantil LÍNEA ÁEREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL LASER, C.A., inscrita ante la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de Octubre de 1991, bajo el No. 80, Tomo 19-A-Pro, en la persona del ciudadano ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.921.080, en su carácter de Director Ejecutivo, en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente.