CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos YOVANI JOSÉ MIERY ALVARADO y OLGA DAYANY FARIA LAUCHO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.826.717 y V-13.601.017, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Michelena, del estado Táchira, en fecha catorce (14) de julio del año dos mil veintiuno (2021), asentada bajo el N° 17, Folio 19 de los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.-