Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ GARCÍA, ANA MARÍA HERNÁNDEZ GARCÍA y ADRIANELY LETICIA HERNÁNDEZ DOMINGUEZ, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 6.799.880, V- 6.799.877 y V- 18.755.655, respectivamente, respecto del de-cujus ADRÍAN FÉLIX HERNÁNDEZ CABRERA, quien falleció en fecha 09 de Marzo de 2012, y quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-6.489.306, dejando a salvo el derecho de terceros.