Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ISIS SOFIA DOMINGUEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.309.086, al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, a quien se ordena remitir el presente expediente.