se declara INCOMPETENTE en razón de la MATERIA para conocer de la presente solicitud, presentada por la ciudadana CARMEN LUISA RUÍZ DE LEÓN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-2.203.299, en beneficio de la ciudadana BERENICE YACIRE LEÓN RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-29.665.299, y ordena DECLINAR la competencia por la materia a un Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que sea éste el Órgano Jurisdiccional que tramite la continuación de la causa como lo establece el artículo 735 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda remitir el presente expediente mediante oficio al Tribunal de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial Civil que le corresponda por su Distribución. Así se decide.-