éste Tribunal declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: YASMIN ZULAY MAIZO MARTINEZ, YANETH MIREYA MAIZO MARTINEZ, JULY ZULISBELLA MAIZO DE MARQUEZ, YELITZA EVANGELIA MAIZO MARTINEZ, FELIX ANTONIO MAIZO MARTINEZ, JOSE DE JESUS MAIZO MARTINEZ, WILMEL ORANGEL MAIZO MARTINEZ y ALEXANDER EDUARDO MAIZO MARTINEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.992.278, V-6.492.494, V-7.995.896, V-11.640.727, V-11.055.558, V-12.460.055 y V-13.828.059, V-13.828.672 respectivamente, con respecto del de cujus: FELIX ANTONIO MAIZO, quien falleció en fecha 04/10/2015, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad N° V-1.456.240, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.