Conforme a lo establecido con antelación, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los eventuales derechos de terceros, éste Órgano Jurisdiccional, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: GLADIS ELENA RODRÍGUEZ DE ECHENIQUE y PEDRO CELESTINO ECHENIQUE, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.476.119 y 2.158.307, respectivamente, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno que no propiedad del Municipio y se desconoce su propietario, ubicadas en el sector viejo Cementerio de Pariata, hoy en día llamado Callejón Juana Arco parte intermedia, Pariata, Parroquia Carlos Soub.....