SE DECLARO LA CONFESION FICTA Y CON LUGAR la demanda que por DESALOJO que sigue la ciudadana MIRYAM FATIMA PINTO MISLE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N°V-5.099.750 contra la ciudadana MIRLUY DEL CARMEN DIAZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-15.830.235. SEGUNDO: Se condena a la demandada ciudadana MIRLUY DEL CARMEN DIAZ ROJAS, identificada en autos, a desalojar el inmueble que ocupa en calidad de arrendataria, libre de bienes y personas, así como en perfecto estado de mantenimiento y de conservación; el cual consiste en un local, comercial distinguido con el numero uno (1), el cual se encuentra situado en el Minicertro Comercial Rancho Lindo, ubicado en la calle Alfarería, Urbanización Week.-End, Parroquia Catia La Mar, (hoy Urimare), Municipio Vargas del estado Vargas. TERCERO: Se condena a la parte demandada MIRLUY DEL CARMEN DIAZ ROJAS a pagar la cantidad de .....