SE DECLARO: PRIMERO: Se decreta la Interdicción Provisional del ciudadano YULVIN ALBERTO RAMOS SINZA, titular de la cédula de identidad N°V- 19.445.007
.SEGUNDO: Se designa como Tutor Interino a la ciudadana ALABA ROSA SINZA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V-12.460.589, en su condición madre del presunto entredicho. Notifíquese a la designada, a los fines de su aceptación y juramento de ley. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena expedir copia certificada del presente decreto a los fines de su registro y publicación. TERCERO: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico de la presente decisión. Conforme a lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario, advirtiéndose que por efectos derivados del presente decreto y de conformidad con lo dispuesto en la citada disposición, la presente causa quedará abierta a pruebas, una vez que .....