Este Tribunal declara instruida la presente solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y acuerda entregar la misma al solicitante sin decreto alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. En Maiquetía, a los Doce (12) días del mes de Agosto de dos mil veintidós (2022). AÑOS 212° de la Independencia y 163 de la Federación.- Siendo las Diez antes meridien (10.00am); se publicó la presente resolución