´este Tribunal declare UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a los ciudadanos LUZ DALMERI CEBALLOS DE PINO, LUZ DENIS PINO CEBALLOS y ULISES ALFREDO PINO CEBALLOS, Venezolanos, mayores de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.099.431, V-15.544.018, V-18.142.331; respectivamente; respecto al De-Cujus NICOLAS ALFREDO PINO, ex titular de la cedula de identidad Nro° V-2.899.823, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-´