éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano JULIAN DAMASCENO HERNANDEZ SALAZAR, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.047.387, sobre las bienhechurías descritas en el informe de inspección Nº INSP-0148-2023, emanado de la Jefatura de Gobierno del Territorio Insular Francisco de Miranda, Secretaria de Infraestructura, la cual cuenta con un área de construcción de 130,55 mts2, en Un ambiente integrado, por un (1) baño para un aréa de 63,10mts2, Una enramada de 67,45mts2, para un total de 130,55mts2, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos PNALR (FONDO) 7,58mts, SUR: Borde de playa (FRENTE) 7,20mts, ESTE: Terrenos PNALR, caminos 5 y 6 (LI) 18,21mts, y; OESTE: Terrenos PNALR, camino 4, (LD), 18,20mts. La bienhechuría posee soporte de Madera, techo de madera aserrada, diseño a dos aguas, cubierta externa zinc y acerolít, paredes de madera, frisado y pintura sin friso interno y externo, piso de arena, la misma se encue.....