Se declaro: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos DOMINGA ALCILIA BARRETO SOLIS y EUSEBIO JOSE MEZA ORAMAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-5.092.150 y V-3.888.467, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del estado Vargas, de fecha 16 de mayo de 1979, asentada bajo el N° 28, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho