Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CONFESION FICTA y en consecuencia CON LUGAR la demanda de RECONOCIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana GREZKY COROMOTO REYES HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V 6.480.248, contra el ciudadano VALENTIN ANTONIO GUERRA MORENO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 12.865.228. En consecuencia SE TIENE LEGALMENTE RECONOCIDO en su contenido y firma el instrumento privado de fecha 06 de diciembre de 2014, que riela al folio 27 del presente expediente, suscrito por los ciudadanos VALENTIN ANTONIO GUERRA MORENO y GREZKY COROMOTO REYES HERNÀNDEZ, (plenamente identificados up-su.....